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UNION EUROPEA: Todos para seis, no todos para uno. La Premier League obligada a no vender a una sola empresa sus derechos de transmisión


Una nota de prensa da cuenta de la aceptación de la propuesta presentada por la English Football Association Premier League (FAPL) a la Comisión Europea sobre la forma en que se venderán los derechos de transmisión de los partidos para las temporadas 2007 y siguientes, dándose así por terminada una disputa surgida en el 2002.

Tradicionalmente, la FAPL licenciaba los derechos de transmisión en exclusiva a una sola empresa. No obstante, ello despertó preocupaciones en la Comisión Europea, pues aunque ésta reconocía los beneficios de la venta conjunta en exclusiva, objetaba que en la práctica se produjera un situación de altos precios, falta de innovación así como una falta de elección por parte del público y de las empresas de retransmisión.

El acuerdo consiste en la división de los derechos de transmisión en seis paquetes los cuales serán vendidos a distintos postores, no pudiendo ninguno de ellos ser titular de todos los paquetes.

En consecuencia, si los Beatles aún existieran y estuvieran dispuestos a venderme los derechos patrimoniales de todo su repertorio, yo con todo el dinero del mundo ya no podría hacer esa compra.

Comentarios

Alezita dijo…
Hola: soy una estudiante de derecho que no maneja a profundidad el tema, pero no entiendo que es lo que se trata de evitar con la venta en "paquetes". No conosco este tipo de mercado pero supongo que no hay barreras de entrada y que todos los solicitantes se encuentran en similares condiciones para presentar su oferta. Por lo que, suponiendo que se adjudique el "paquete" es el que afrecio las mejores condiciobes, yo no veria problema.
Como yo, probablemente no entendi, te agradeceria que me enviaras un mail explicandome: janitaol@gmail.com
Hola Alezita y gracias por visitar el blog. A mi entender, la intención de la UE es evitar precios altos o en términos económicos, una doble marginalización. Es decir, A le vende toda su producción a B a un determinado precio, con lo cual ya ha recuperado su costo y asegura su ganancia. B por su parte ahora que es el monopolista de ese producto lo revenderá al precio que quiera, con lo cual tambien recupera su inversión y además obtiene una ganancia. Esta forma de negocio hace que el consumidor reciba un producto a un precio elevado. No sería así si por ejemplo A dividiera su producción en a%, b%, c% ...x% y así lo vendiera a diversos distribuidores. Estos últimos no podrían vender al precio que quisieran(como lo haría B) pues compiten entre ellos. En esta última situación el consumidor final adquiriría a un precio menor. Además suponte que los distribuidores en el afán de captar más consumidores empiezan a brindar mayores servicios tales como demostraciones, trato personalizado al cliente, etc es decir, la competencia entre distribuidores los lleva a innovar en servicios anexos.

Ahora bien de este esquema básico, todo parece concluir que la venta en exclusiva es perjudicial. Sin embargo, siempre será necesario atenerse a las caracteristicas del mercado concreto. Así algunos bien te podrían argumentar a favor de la exclusividad pues es posible encontrar más beneficios (eficiencias) que perjuicios (ineficiencias).

Aterrizando en el tema este del futbol inglés, entiendo que el pensamiento de la UE está al nivel del esquema inicial. De ahi que sustenta su intervención en los precios altos y la falta de innovación. Pero hay otros temas de fondo que se pasan de lado pero que deben ser analizados. Como bien tu señalas hay un tema de quien ofrece las mejores condiciones. El que exista un mejor postor a quien se le adjudique el paquete total supone una competencia preexistente entre postores por lograrse la adjudicación. Es la inversión y esfuerzo de este mejor postor lo que se premia cuando vaya a revender al precio que más crea conveniente. Volviendo al ejemplo anterior, imaginate que A es solo productor y B solo distribuidor. Sin B, A no produciría pues no sabe, no conoce, el negocio de la distribución. B sin A no existiría o se dedicaría a otro negocio. Entonces la exclusividad que suponga una competencia previa y otorgada al mejor postor no sería en si misma mala.

Finalmente, un tema adicional que es el que te confieso es el que más me gusta. Notarás que estamos ante un caso de derechos de transmisión, es decir, aquellos derechos conexos al derecho de autor. Estos derechos así como los de propiedad industrial otorgan por su propia naturaleza un monopolio al titular. Así los puedo explotar a mi gusto (en exclusiva) y con quienes me dé la gana (excluyendo a los demás). Sin embargo, esto que es un consenso creo que últimamente viene sufriendo una transformación cuando se lo quiere analizar en intersección con el derecho antitrust. Si yo tengo una patente o soy el dueño de mi obra soy un monopolista. La cedo o licencio si quiero y al precio que quiera. Por qué ha de ser un problema si es el resultado de mi esfuerzo, de mi inventiva, de mi inversión. Pero actualmente viene ocurriendo el siguiente proceso mental "propiedad intelectual-> monopolista -> poder de mercado -> abuso de poder de mercado -> remedios del derecho antitrust se aplican a la propiedad intelectual".

Por eso entenderás que se sostiene que deben existir licencias compulsivas o, su equivalente, obligación de contratar. Es el caso de los productores de aplicaciones de software que corren sobre Windows pidiéndole a las autoridades que ordene a Microsoft que le otorgue acceso a su código fuente o les dé determinada información que pueda hacer posible la compatibilidad. Notarás entonces que en el caso del futbol inglés, a los derechos de transmisión se les ha aplicado la lógica del productor A del ejemplo que te puse al principio.

Espero que en algo haya podido ayudarte. Y sigo pensando que pasaría hoy si, de existir Los Beatles, pretendiese
comprarles los derechos de todas sus canciones. Me dirían que solo tengo derecho a tener Let it be, Sgt. Pepper y The White Album?

Saludos,

Oscar

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